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dc.contributor.authorH. Congreso de la Unión
dc.date.accessioned2018-08-27T19:41:37Z
dc.date.available2018-08-27T19:41:37Z
dc.date.issued1975-12-08
dc.identifier.urihttp://observatoriocultural.udgvirtual.udg.mx/repositorio/handle/123456789/700
dc.description.abstractOrdenamiento de interés público que regula la organización y autorización realizada por el Instituto de asociaciones civiles, juntas vecinales o uniones de campesinos, cuyo objeto es el de auxiliar a las autoridades federales en el cuidado o preservación de zona o monumento determinado; efectuar una labor educativa entre los miembros de la comunidad, sobre la importancia de la conservación y acrecentamiento del patrimonio cultural de la Nación y proveer la visita del público a la correspondiente zona o monumento. IV.- Hacer del conocimiento de las autoridades cualquier exploración, obra o actividad que no esté autorizada por el Instituto respectivo; yes_MX
dc.language.isoeses_MX
dc.publisherDiario Oficial de la Federaciónes_MX
dc.publisherDiario Oficial de la Federaciónes_MX
dc.publisherDiario Oficial de la Federaciónes_MX
dc.subjectordenamiento federal, reglamento, México, monumentos, zonas arqueológicas, artísticos, históricoses_MX
dc.titleReglamento de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueolócicas, Artísticos e Históricoses_MX
dc.typeLey o reglamentoes_MX
dc.countrymxes_MX


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